miércoles, 31 de octubre de 2012

al igual que las empresas, alegando causas económicas, técnicas u organizativas

Las admnistraciones podrán despedir a personal laboral si sus ingresos caen un 5% 
 Ana Requena Aguilar
eldiario.es

 El Boletín Oficial del Estado publicó ayer el nuevo reglamento de despidos colectivos, que incluye las condiciones para que las administraciones públicas lleven a cabo expedientes de regulación de empleo de su personal laboral. Desde ayer, las administraciones públicas ya cuentan con todas las instrucciones para llevar a cabo despidos colectivos de su personal laboral. 

Podrán hacerlo, al igual que las empresas, alegando causas económicas, técnicas u organizativas, lo que implica indemnizaciones de 20 días por año trabajado, gracias a la última reforma laboral. "Se entenderá que concurran causas económicas cuando se produzca una situación se insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente para la financiación de los servicios públicos correspondientes", dice el nuevo reglamento de despidos colectivos publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y que desarrolla el contenido de la reforma laboral aprobada por el Gobierno de Rajoy el pasado febrero.

 El texto considera que la insuficiencia presupuestaria es persistente cuando se produzca durante tres trimestres consecutivos. En cualquier caso, bastará con que en el ejercicio anterior, la administración pública en la que esté integrado ese ente, departamento, organismo o entidad presentara una situación de déficit presupuestario, una situación muy extendida ahora entre las administraciones debido a los recortes y por la cual prácticamente todas podrían llevar a cabo despidos colectivos. Leer entero.

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